Descripción
El proyecto propuesto por Embraps incluía intervenciones con impactos directos en las comunidades tradicionales, sin la consulta previa, libre e informada que exige el Convenio n.º169 de la OIT. Las comunidades denunciaron no haber participado en las decisiones relativas al proyecto, a pesar de los posibles impactos territoriales, ambientales y culturales.
Situación actual del conflicto
Terra de Direitos brindó asistencia legal a las comunidades y argumentó ante el tribunal que el proceso de concesión de licencias era inválido por falta de consulta previa. El tribunal aceptó los argumentos presentados y ordenó la suspensión de la concesión de licencias hasta que se respetaran los derechos de participación de las comunidades tradicionales. Como resultado, se suspendió el proceso de concesión de licencias; se reconoció la obligatoriedad de la consulta previa; se fortalecieron los protocolos de consulta comunitaria; y se reafirmó el Convenio n.º169 de la OIT
como parámetro obligatorio para el Estado brasileño. Esta decisión sentó un precedente importante para otros conflictos relacionados con proyectos a gran escala en la Amazonía.

